Horario: 9:00-14:00 (en la secretaría de la residencia)
Documentos a adjuntar en la matrícula:
**IMPORTANTE: A la hora de elegir habitaciones tendrán preferencia alumnos/as veteranos/as.
*PC: Pensión Completa / *SD: Sólo Desayuno
La factura se envía en Enero. El pago puede fraccionarse hasta un máximo de 3, pero se deberá abonar el importe completo antes del 31 de mayo.
BAREMO cuando hay mas solicitudes que plazas
A la hora de asignar plazas se tendrá en cuenta el baremo establecido en el «DECRETO 24/2011, de 22 de febrero, de modificación del Decreto 164/2002 por el que se crea el Centro Residencial de Eibar y se determina la estructura y organización administrativa del Complejo Educativo de Eibar.»
El número de plazas es de 220.
Artículo 20.2.- En cuanto a la admisión de las nuevas personas solicitantes, cuando existan plazas de residencia suficientes para atender la totalidad de la demanda, serán admitidas todas aquellas que cumplan el requisito establecido en el artículo 18 del presente Decreto. Cuando el número de
plazas de residencia sea inferior al número de solicitantes, en primer lugar se adjudicará una plaza losa las personas a las que sea de aplicación lo dispuesto en el artículo 28.2 del Decreto 290/2010, de 9 de noviembre, de desarrollo del sistema de asistencia integral a las víctimas del terrorismo. Las plazas restantes se adjudicarán según el orden que resulte de la aplicación del baremo establecido en el anexo del presente Decreto, cuyos criterios serán los siguientes:
a) Renta anual de la unidad familiar.
b) Lejanía del domicilio.
c) Existencia de hermanos o hermanas residentes en el Centro.
d) Pertenencia a familia numerosa.
e) Discapacidad.
En caso de empate, éste se dirimirá atendiendo la mayor puntuación obtenida en cada uno de los apartados anteriores, según el orden en el que están enunciados. Si persistiera el empate se resolverá por medio un sorteo público realizado por el Director o Directora del Centro Residencial
de Eibar, cuyo resultado será certificado por el Secretario o Secretaria del mismo. En caso de que el proceso de admisión se lleve a cabo por medio de un procedimiento informatizado diseñado por el Departamento de Educación, Universidades e Investigación, el sorteo público será sustituido
por un procedimiento aleatorio realizado por la aplicación informática correspondiente.